Auto Supremo AS/0349/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2016

Fecha: 24-Oct-2016

En relación a la supuesta violación de los arts

En relación a la supuesta violación de los arts. 80, 81 de la LGT, 202.b) del CPT, 84 del DR-LGT y 27.a) del CSS, en sentido de que el incendio que ocasionó los daños al demandante fue fortuito por fuga de gas, al realizar salvataje a terceras personas fuera de las funciones laborales, actividad de socorrista que no era su función, como se demostró en el transcurso del proceso; es decir, no configura como accidente de trabajo como manda el art. 27.a) del CSS, porque no fue ocasionado como consecuencia de las actividades del trabajador dentro de la empresa; así, el Tribunal de Alzada, no debió dejar pasar por alto los arts. 81 de la LGT, y 27. a) del CSS, normativa que determinan los hechos que constituyen o no como accidentes de trabajo, exceptuando lo establecido en el inciso a) del art. 80, cuando hay intención manifiesta de la víctima y cuando sea debido a fuerza mayor extraña al trabajo, lo que habría ocurrido en el caso de autos; puesto que el daño causado no fue consecuencia de un accidente de trabajo, sino de un hecho fortuito