Auto Supremo AS/0769/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0769/2016

Fecha: 10-Oct-2016

Una vez realizado el nuevo juicio se emitió una nueva Sentencia, la cual resulta condenatoria


En el presente caso para el transcurso del tiempo influyó el hecho de la complejidad del proceso, siendo que inicialmente se dictó sentencia absolutoria teniendo en cuenta que los votos del Tribunal de Sentencia no fueron por unanimidad, siendo los dos jueces técnicos disidentes de la Sentencia que declaraba al imputado absuelto de culpa y pena del delito de Defraudación Aduanera, siendo su argumentación por la condena; contra dicha resolución, en merito a los impugnaciones de los representantes de la Aduana Nacional y el Ministerio Público, se emite un Auto de Vista quel anula la Sentencia y dispone se realice un nuevo juicio por otro Tribunal de Sentencia; al respecto, ante dicho determinación el imputado interpone recurso de casación, que es declarado infundado mediante Auto Supremo 454/2015-RRC de 29 de junio, lo que quiere decir que se mantuvo subsistente la decisión del Tribunal de alzada de anular la Sentencia y se proceda a la realización de un nuevo juicio.

Una vez realizado el nuevo juicio se emitió una nueva Sentencia, la cual resulta condenatoria contra el imputado sancionándole con la pena privativa de libertad de tres años de reclusión por la comisión del delito de Defraudación Aduanera, previsto y sancionado por el art. 178 del Código Tributario, ante esta determinación el imputado plantea recurso de apelación restringida que es resuelto mediante Auto de Vista 43/2016, por el cual se declara sin lugar al recurso de apelación restringida planteado y en consecuencia se confirma la Sentencia condenatoria. Ante esa decisión judicial, el 26 de abril de 2016 interpone recurso de casación contra el Auto de Vista (fs. 751 a 764), siendo admitido para su análisis de fondo mediante Auto Supremo 491/2016 de 27 de junio, siendo interrumpido el plazo a raíz de la interposición de la presente excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso