Auto Supremo AS/1160/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1160/2016

Fecha: 07-Oct-2016

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5.- Respecto a la “nulidad de la Escritura Pública No. 933/92” y su presunta “validez y efectividad”, además de la “cancelación de las partidas 01010637 y 01251822” habrá que señalar que los de instancia señalaron que la venta resultaba nula en consideración a que la transferencia no podía efectuárselo identificando un porcentaje determinado sin que haya existido una división y partición, el argumento sostenido en este punto en el recurso de casación, a más de esa divergencia no señala de manera alguna si en ello existió violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, contuviere disposiciones contradictorias o finalmente existió error de hecho o derecho en la apreciación de la prueba, sustentando en la prueba que se habría producido consistente en la Sentencia emitida en otro proceso, situación que sin embargo como la propia parte demandante señala, no estuvo en cuestionamiento y no se interpuso defensa oponiendo la excepción de cosa juzgada como se señaló anteriormente, bajo esas consideraciones carece de sustento la reclamación hecha, si bien se dice de manera conjunta la existencia de error de hecho y de derecho, no existe argumento demostrativo de aquel aspecto