Auto Supremo AS/1160/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1160/2016

Fecha: 07-Oct-2016

En consecuencia, se declaran NULOS los contratos de compraventa contenido en el protocolo la Escritura

En consecuencia, se declaran NULOS los contratos de compraventa contenido en el protocolo la Escritura Pública No. 502/88 de fecha 29 de julio de 1988 suscrita en la Notaría a cargo de Hernando Flores Espinoza y la Escritura Pública No. 633/92 de fecha 28 de agosto de 1982 suscrita en la Notaría de Fe Pública a cargo de Hernán Sánchez Salinas. Asimismo se dispuso la CANCELACION de las Partidas Computarizadas No. 01010637 de fecha 4 de noviembre de 1988 y No. 01251822 de fecha 16 de mayo de 1994 y sea ante el Registro de Derechos Reales de la ciudad de La Paz, todos correspondiente al bien inmueble ubicado en la calle Murillo No. 1282 de esa ciudad y por el carácter retroactivo, se rehabilite la Partida sobre la cual fueron registradas, disponiendo asimismo al efecto, se notifique con las fotocopias legalizadas de ley a los Notarios de Fe Pública que tienen en la actualidad a su cargo los archivos donde cursa los protocolos señalados y a la Sra. Registradora de Derechos Reales de la ciudad de La Paz