Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/1161/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1161/2016

    Fecha: 07-Oct-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Auto Supremo: 1161/2016
    • Proceso: Mejor Derecho Propietario y otro
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución que fue objeto de recurso de casación de fs
    • II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Y de igual forma señala que el Auto de Vista omite pronunciarse respecto a recurso
    • Expresa que el Auto de Vista analiza agravios sobre tópicos que fueron anulados, debido a
    • II.2.- Gober López Velasco
    • Acusa que tanto el juez de primera y segunda instancia han actuado sin competencia por
    • Señala que la propiedad objeto de litigio no se encuentra comprendido dentro de lo Ordenanza
    • De igual forma señala que el Auto de Vista no ha resulto ningún de
    • Acusa que el Auto de Vista no se pronunció sobre los efectos diferidos
    • Aduce que el Auto de Vista es ultra petita, es decir que se pronunció sobre
    • De igual forma señala la inviabilidad del planteamiento de dos acciones contradictorias como ser el
    • En cuanto al tema de la cuantía, expresa que el rechazo a la misma resulta
    • Señala que tampoco existe incompetencia por razón de territorio, debido a que por la permisión
    • Sobre la falta de competencia por materia, expresa que dicho reclamo no es viable debido
    • Y en cuanto a la falta de pronunciamiento de las apelaciones diferidas y contra la
    • III.1.- De la Nulidad Procesal de oficio
    • Conforme el art
    • III.2.- Respecto al carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio de las Sentencias Constitucionales
    • Que, si bien la presente causa ingresa a resolución como emergencia de los recursos
    • 4
    • 5
    • 6
    • 9
    • 10
    • 12
    • a) De la relación de hechos cronológicamente acaecidos, a prima facie se advierte la falta
    • Partiendo de lo expuesto, en el sub lite, en primer lugar se advierte que la
    • De lo descrito se advierte que a criterio de las autoridades que deben dar cumplimiento
    • Ahora cabe aclarar, que en cuanto al cumplimiento, de la SCP 1226/2013-L, como se expuso
    • b) Ahora, si bien aparentemente bajo el criterio anotado la causa se encontraría en fase
    • Extremos que ante una realidad evidente, que no puede dejarse de lado, denotan que
    • Por todo lo expuesto corresponde reencausar el procedimiento, al no existir la calidad de cosa
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • Cumpliendo lo previsto por el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca