Auto Supremo AS/1272/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1272/2016

Fecha: 07-Nov-2016

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3.- Es evidente que este Tribunal Supremo en casos referidos a cuestionamiento de Ordenanzas Municipales sostuvo y sostiene que su tratamiento ante la pretensión de invalidar el acto administrativo como tal corresponde a la vía contenciosa-administrativa, como el señalado por la parte demandada que refiere al Auto Supremo No. 378/2013 de 22 de julio de 2013, por el que se anuló obrados a fin de que las partes acudan a la vía llamada por ley; en el caso presente, no se está persiguiendo invalidar la Ordenanza Municipal, sino que entendiendo que tiene vigencia la misma, discutir sobre su preferencia frente al alegado por la Entidad demandada, así como el pedir se declare la no existencia de esos derechos afirmados por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. El hecho que se haya mencionado que interpusieron Recurso de Reconsideración y Acción Incidental de Inconstitucionalidad a tiempo de formular la demanda, no es un aspecto que de por sí configure discusión sobre la validez o no de la resolución municipal referida en el presente caso, estando delimitado el tema en cuestión a un aspecto meramente civil