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    Auto Supremo AS/1339/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1339/2016

    Fecha: 25-Nov-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución que fue apelada por Juan, Rolando, Marco Antonio, Jhonny, Gonzalo Ramiro y María del
    • En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
    • II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • No se habría desvirtuado que haya perdido el ánimus dómini que emergiera de su título
    • El Auto de Vista señalaría que es propietaria del bien inmueble, pero no otorgaría mérito
    • Reclama por la conclusión arribada por el Ad quem de calificar como poseedores a los
    • Reclama por la no consideración del pago de impuestos, discordando con el razonamiento del Ad
    • Por otro lado dice se transgrede el art
    • Luego de crítica al Auto de Vista, concluye por señalar que amparada por los arts
    • Refiere a las características del recurso de casación, tanto en la forma como en el
    • Que en caso de ingresar a considerar el recurso, el Ad quem habría hecho justicia
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • El Tribunal Supremo de Justicia, siguiendo el lineamiento jurisprudencial y doctrinal de lo que representa
    • Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, esto por errores en la
    • El error material se presenta cuando en la decisión jurisdiccional de fondo se afecta
    • Respecto a la consideración del principio de buena fe
    • En relación a la usucapión decenal u extraordinaria y los requisitos para su procedencia
    • Se tiene explicado asimismo en diversos autos Supremos conforme a la Doctrina, los requisitos para
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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    • El argumento identificado, resulta apreciación subjetiva muy general, pues si bien existe la denuncia
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    • Bajo esas consideraciones, no es posible acoger la pretensión recursiva de la actora, más aun
    • Por lo anterior corresponderá emitir resolución por el infundado
    • La parte demandada reconvencionista debe tener presente los razonamientos expuestos como respuesta al recurso de
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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