Auto Supremo AS/1352/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1352/2016

Fecha: 30-Nov-2016

En estos antecedentes corresponde señalar que del análisis de las resoluciones de instancia y la

Al respecto corresponde señalar que de la revisión de obrados, se tiene que mediante memorial de fs. 12 a 21 el ahora recurrente demanda la declaración judicial de enriquecimiento ilegitimo, nulidad de escritura pública de préstamo, derecho de posesión y nulidad de documento de transferencia señalando que sus padres habrían suscrito con el Banco Mercantil - Santa Cruz S.A., un contrato de préstamo, donde la entidad bancaria no habría exigido ni realizado el análisis de la capacidad de pago de los futuros deudores para asegurar el pago de la obligación, habiendo sido sus causantes inducidos y sugestionados a hipotecar todo su patrimonio para asegurar el pago de la obligación con promesas de plazos flexibles y tolerancia en los pagos, promesas que llegado el momento fueron falsas, un engaño; evidenciando la falta del objeto del crédito, y con estos actos de enriquecimiento y engaño se habrían adjudicado el inmueble más preciado y valioso para sus causantes, demandando la nulidad por las causales de error esencial con relación al contrato de préstamo y bajo las causales de ilicitud en la causa y el motivo y la inexistencia de objeto cierto y determinado en la transferencia contenida en el documento de 31 de enero de 2011, que causaría perjuicio en su derecho posesorio.
En estos antecedentes corresponde señalar que del análisis de las resoluciones de instancia y la prueba cursante en obrados se tiene que los jueces de instancia basaron su decisión en el reconocimiento expreso que realiza el actor en su demanda (fs. 12 a 21) respecto a que entre sus causantes y el Banco Mercantil Santa Cruz, celebraron un contrato de préstamo contenido en la Escritura Publica Nº 488/98 de 17 de septiembre, en el que se estipularon el plazo, los montos y amortizaciones de pago, y que los causantes e incluso el propio actor hipotecaron en garantía su patrimonio, documento (fs. 290 a 296) acredita eficazmente la confesión expresa realizada por el actor en cuanto a la existencia del contrato de préstamo entre el Banco Mercantil - Santa Cruz y los padres (causantes del demandante), y por ende la entrega del monto objeto del crédito emergente de dicha relación contractual, aspecto que además es corroborado por el contrato privado de reprogramación de pago de la deuda y su reconocimiento de firmas cursante de fs. 268 a 271