Auto Supremo AS/0432/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0432/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Sostiene que el error de derecho radica en atribuir a una prueba un valor diverso

Sostiene que el error de derecho radica en atribuir a una prueba un valor diverso al que la Ley le da o haberse desconocido el que ésta le asigna. En tal sentido refiere el art. 166 del CPT que dispone “si el emplazado no comparece ante el Juez, éste en rebeldía, dará por averiguados los puntos propuestos”. Lo que se verificó en el proceso, mediante Auto de 14 de febrero de 2012 de fs. 347, la Juez de primera instancia, da por absueltos todos los puntos insertos en el interrogatorio. Por lo que aduce que el Tribunal de Alzada desconoció el valor de la norma sustantiva laboral en cuanto a la confesión judicial provocada, incurriendo en error de derecho, al no considerar este aspecto estrictamente legal