CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo N°470
Sucre, 05 de diciembre de 2017
Expediente: 146/2016-S
Materia: Beneficios Sociales
Demandante: Roger Sandy Guzmán
Demandado: Caja Nacional de Salud Regional Oruro
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: Los recursos de casación de fs.199 a 202 y de 207 a 209, interpuestos por Pablo Jorge Heredia Rodríguez en representación de José Rene Bustillos Calderón Gerente General de la Caja Nacional de Salud y por Jaime Raúl Peredo López en representación de Roger Sandy Guzmán respectivamente, contra el Auto de Vista N° 22/2016 de 25 de febrero (fs. 191 a 195), pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; dentro del proceso Social por Reliquidación de Beneficios Sociales, que sigue Roger Sandy Guzmán contra la empresa recurrente; las respuestas de fs. 207 a 209 y de 212 a 214; el Auto Nº 66/2016 de 25 de abril, cursante a fs. 215 que concedió los recursos; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del Proceso
I.1.1. Sentencia
Promovida la acción y tramitado el proceso Social por Reliquidación de Beneficios Sociales, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de Oruro, emitió Sentencia Nº 105/2015 de 26 de junio (fs. 151 a 158), a través de la cual declaró improbada la demanda de fs. 28 a 30, y probada la excepción perentoria de pago, sin costas
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo N°470
Sucre, 05 de diciembre de 2017
Expediente: 146/2016-S
Materia: Beneficios Sociales
Demandante: Roger Sandy Guzmán
Demandado: Caja Nacional de Salud Regional Oruro
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: Los recursos de casación de fs.199 a 202 y de 207 a 209, interpuestos por Pablo Jorge Heredia Rodríguez en representación de José Rene Bustillos Calderón Gerente General de la Caja Nacional de Salud y por Jaime Raúl Peredo López en representación de Roger Sandy Guzmán respectivamente, contra el Auto de Vista N° 22/2016 de 25 de febrero (fs. 191 a 195), pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; dentro del proceso Social por Reliquidación de Beneficios Sociales, que sigue Roger Sandy Guzmán contra la empresa recurrente; las respuestas de fs. 207 a 209 y de 212 a 214; el Auto Nº 66/2016 de 25 de abril, cursante a fs. 215 que concedió los recursos; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del Proceso
I.1.1. Sentencia
Promovida la acción y tramitado el proceso Social por Reliquidación de Beneficios Sociales, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de Oruro, emitió Sentencia Nº 105/2015 de 26 de junio (fs. 151 a 158), a través de la cual declaró improbada la demanda de fs. 28 a 30, y probada la excepción perentoria de pago, sin costas
- CONSIDERANDO I
- Dicha Sentencia fue recurrida en apelación por Jaime Raúl Peredo López en representación de Roger
- El mencionado Auto de Vista originó que tanto el demandante como la entidad demandada a
- Indicó que, el actor pretende inducir a que se le reconozca sus beneficios sociales por
- Señaló que, se ha demostrado en el curso del proceso que el ahora ex trabajador
- Manifestó que, en relación al promedio indemnizable debió considerarse lo establecido en el Auto Supremo
- Señaló que, si bien es cierto que las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento
- Señaló que, el fallo impugnado no observa el contenido del art
- I.2.3 Recurso de Nulidad de Roger Sandy Guzmán
- Indicó que, a tiempo de pronunciarse el Auto de Vista que dispuso la Reliquidación de
- Finaliza el recurso, solicitando se case parcialmente el auto de vista recurrido y se disponga
- El mencionado recurso de casación, generó que el demandante mediante el memorial de fs
- Indicó que, corresponde legalmente el pago de Reliquidación de Beneficios Sociales sobre el parámetro del
- Señala que, si bien es cierto que el monto promedio indemnizable demandado era de Bs12
- Mediante Auto Supremo Nº 103-A de 19 de mayo, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa,
- Que, así admitido el recurso de casación en el fondo, de la revisión de su
- Finalmente, en cuanto a la valoración probatoria, el juzgador tiene el deber de realizar una
- En el marco de las consideraciones legales descritas, se tiene
- 2
- Finalmente, en cuanto a la denuncia de que recalculo ilegal efectuado por el Auto de
- Por lo expuesto, no siendo evidentes las acusaciones alegadas por la institución recurrente en el
- II.1.1 En cuanto al recurso de casación del demandante Roger Sandy Guzmán
- Que, admitido el recurso de nulidad, de la revisión de su contenido, se advierte que
- Bajo este contexto, en el caso concreto, revisando y analizando las pruebas que cursan en
- Por lo expuesto, se concluye ser evidente la infracción normativa denunciada en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas y costos en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
