Auto Supremo AS/0136/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0136/2016

Fecha: 19-Feb-2016

El Juez o Tribunal que toma conocimiento de la consulta tiene amplias facultades para revisar

El Juez o Tribunal que toma conocimiento de la consulta tiene amplias facultades para revisar con mayor criterio el proceso sin estar supeditado a ningún agravio, pudiendo decretar nulidades de oficio y revisar aspectos de carácter sustancial que hacen al fondo mismo de la decisión asumida y en base a ello puede revocar o confirmar el fallo sometido a consulta sin que importe la etapa decisoria ya cumplida ni el consentimiento que hubieren prestado quienes son parte en el proceso; implica el examen oficioso del fallo a fin de asegurar su legalidad en aras de la protección de los interese públicos, pero la decisión que se vaya a asumir debe ser debidamente motiva y fundamentada