Hace referencia a las facultades que tiene el Gobierno Municipal de Santa Cruz para dictar
3.- Acusan violación, interpretación errónea y apreciación indebida de la ley en la emisión de la sentencia de primera instancia, manifestando que dicho fallo fue emitido desconociendo las formalidades intrínsecas que señala la norma procesal incurriendo la juzgadora en una serie de errores de hecho y de derecho sin analizar los fundamentos expuestos por la defensa: que la Juez A-quo habría indicado que las ordenanzas municipales para la expropiación habrían sido dejadas sin efecto como consecuencia de un recurso directo de nulidad.
Hace referencia a las facultades que tiene el Gobierno Municipal de Santa Cruz para dictar ordenanzas de expropiación manifestando al mismo tiempo que el proyecto de apertura de la perimetral el Cristo para el cual se habrían emitido dichas ordenanzas, nunca se concretó como tampoco se habría llevado a cabo una expropiación; ante tal situación la familia Bellot-Crooker no podría solicitar la reivindicación del bien en litigio; señala que también se habría omitido valorar lo dispuesto por el art. 57 de la Constitución Política del Estado y 108 del Código Civil
Hace referencia a las facultades que tiene el Gobierno Municipal de Santa Cruz para dictar ordenanzas de expropiación manifestando al mismo tiempo que el proyecto de apertura de la perimetral el Cristo para el cual se habrían emitido dichas ordenanzas, nunca se concretó como tampoco se habría llevado a cabo una expropiación; ante tal situación la familia Bellot-Crooker no podría solicitar la reivindicación del bien en litigio; señala que también se habría omitido valorar lo dispuesto por el art. 57 de la Constitución Política del Estado y 108 del Código Civil
- Proceso: Resarcimiento de daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
- 2
- Manifiestas que la Secretaria Municipal de Planificación habría informado y certificado que no consta ninguna
- Indica que no se tomó en cuenta las literales de fs
- Indica que de los 73
- Hace referencia a las facultades que tiene el Gobierno Municipal de Santa Cruz para dictar
- Refiere error en la aplicación del art
- Indica que si el Juez A-quo consideró que se llegó a afectar el terreno por
- Denuncian errores en la emisión del Auto de Vista que atentan el debido proceso y
- Tomando en cuenta que el recurso de casación que se analiza pretende la nulidad de
- III.2.- Respecto a la congruencia de las resoluciones
- Concluye señalando que: “la congruencia puede analizarse desde dos puntos de vista, el primero referido
- De manera específica con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia,
- Razonamiento que fue complementado a través en la SC 1365/2005-R de 31 de octubre de
- Posteriormente la SC 0012/2006-R de cuatro de enero estableció que: “La motivación de los fallos
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Si bien el Ad-quem hace referencia al art
- Los actores principales no son lo suficientemente claros en sus aseveraciones, pues no se sabe
- Al ser la Sentencia de primera instancia contraria a los intereses de una institución pública
- El Juez o Tribunal que toma conocimiento de la consulta tiene amplias facultades para revisar
- En el caso presente, el Ad-quem también incurre en falta de fundamentación respecto a la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
