Auto Supremo AS/0136/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0136/2016

Fecha: 19-Feb-2016

Los actores principales no son lo suficientemente claros en sus aseveraciones, pues no se sabe

Los actores principales no son lo suficientemente claros en sus aseveraciones, pues no se sabe con exactitud si la pretensión económica que persiguen es por el supuesto impedimento que atribuyen a la parte demandada respecto a la disposición de sus bienes o se trata de lograr una especie de compensación económica por la superficie de terreno afectado que refieren; de presentarse este último caso, la acción a seguir seria otra muy distinta a la que se invoca en la presente demanda; aspectos que de manera inmediata saltan a la vista a la hora de tratar la problemática, denotándose en el Auto de Vista falta de fundamentación para confirmar la Sentencia que sanciona al pago de daños y perjuicios en contra de un Ente Público como es el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra (aparentemente por supuestas perturbaciones que este Tribunal no los encuentra fundadas en prueba fehaciente), cuyo cuantificación del monto de manera contradictoria fue salvado para en ejecución de sentencia contraviniendo lo dispuesto por el art. 195 del Código de Procedimiento Civil sin establecer ningún parámetro para esa cuantificación; si el Juez de primera instancia encontró probada la demanda de los actores principales, la determinación del monto debió ser definida precisamente en la sentencia conforme lo establece la indicada norma legal en razón de que los daños y perjuicios fueron demandados como acción principal y no de manera accesoria, aspectos el Tribunal de alzada también omitió por completo considerar pese a existir reclamo fundado en el recurso de apelación (fs. 811)