Refiere error en la aplicación del art
Afirma que se habría demostrado la procedencia de la expropiación por causa de necesidad y utilidad pública y que el Juez debió declarar la incompetencia y ordenar que se realice dicho trámite administrativo, denunciando al mismo tiempo la vulneración de la Ley de Expropiaciones de 30 de diciembre de 1884, así como el art. 57 de la CPE.
Refiere error en la aplicación del art. 994 del Código Civil en la emisión de la Sentencia de primera instancia, acusando a dicho fallo de contradictorio e incoherente al haber declarado probada la demanda de daños y perjuicios y salvar su cuantificación para en ejecución de sentencia, aspecto que tácitamente se estaría reconociendo que no existió daño al manifestar que no concluyó la expropiación, consiguientemente no existió cesión de áreas de uso público
Refiere error en la aplicación del art. 994 del Código Civil en la emisión de la Sentencia de primera instancia, acusando a dicho fallo de contradictorio e incoherente al haber declarado probada la demanda de daños y perjuicios y salvar su cuantificación para en ejecución de sentencia, aspecto que tácitamente se estaría reconociendo que no existió daño al manifestar que no concluyó la expropiación, consiguientemente no existió cesión de áreas de uso público
- Proceso: Resarcimiento de daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
- 2
- Manifiestas que la Secretaria Municipal de Planificación habría informado y certificado que no consta ninguna
- Indica que no se tomó en cuenta las literales de fs
- Indica que de los 73
- Hace referencia a las facultades que tiene el Gobierno Municipal de Santa Cruz para dictar
- Refiere error en la aplicación del art
- Indica que si el Juez A-quo consideró que se llegó a afectar el terreno por
- Denuncian errores en la emisión del Auto de Vista que atentan el debido proceso y
- Tomando en cuenta que el recurso de casación que se analiza pretende la nulidad de
- III.2.- Respecto a la congruencia de las resoluciones
- Concluye señalando que: “la congruencia puede analizarse desde dos puntos de vista, el primero referido
- De manera específica con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia,
- Razonamiento que fue complementado a través en la SC 1365/2005-R de 31 de octubre de
- Posteriormente la SC 0012/2006-R de cuatro de enero estableció que: “La motivación de los fallos
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Si bien el Ad-quem hace referencia al art
- Los actores principales no son lo suficientemente claros en sus aseveraciones, pues no se sabe
- Al ser la Sentencia de primera instancia contraria a los intereses de una institución pública
- El Juez o Tribunal que toma conocimiento de la consulta tiene amplias facultades para revisar
- En el caso presente, el Ad-quem también incurre en falta de fundamentación respecto a la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
