Auto Supremo AS/0157/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2016-RRC

Fecha: 07-Mar-2016

Asimismo, ésta prueba al haber sido denunciada de ilegal y que se solicitó su no


Asimismo, ésta prueba al haber sido denunciada de ilegal y que se solicitó su no consideración, se determina que la misma no es sustancialmente favorable para los acusados, mucho menos se puede establecer la existencia de algún daño ocasionado a la parte recurrente al haberse omitido pronunciamiento; por lo que, en aplicación del principio de trascendencia (pas nullite sans grief) que determina que no “ hay nulidad sin perjuicio”, al haberse demostrado que la no consideración de las actas de inspección ocular no han provocado daño ni han dejado en indefensión material a los recurrentes y al no haber sido determinante en la decisión de culpabilidad de los mismos, como no acreditarse que su consideración hubiese cambiado la decisión asumida, no es viable la nulidad del Auto de Vista por su falta de trascendencia, que lo único que daría lugar es a una mayor retardación de justicia