Auto Supremo AS/0157/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2016-RRC

Fecha: 07-Mar-2016

I.1.2. Petitorio


Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 711/2015-RA de 02 de diciembre de 2015, se extrae el motivo a ser analizado en la presente Resolución, sobre el cual este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido por los art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

El Auto de Vista recurrido, no se pronunció sobre todos los motivos expresados en las apelaciones restringidas que plantearon, actuar que implica incongruencia omisiva y contradicción con la doctrina establecida en el Auto Supremo 374 de 20 de agosto de 2013, puntualizando que el Auto impugnado no fundamentó adecuadamente respecto de la tipicidad, pues a momento de resolver sobre la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, se extraña el hecho de que no exista nexo causal antijurídico entre la situación fáctica descrita y la conducta de los imputados, tampoco existe prueba científica, el vehículo de la víctima fue encontrado en poder de una tercera persona, que no fue sometida a ningún análisis y la declaración testifical de Harold Tejerina y Juana Cauna Vicente, carecen de credibilidad al ser contradictorios. Continúan señalando, que el Auto de Vista tampoco se pronunció sobre la denuncia de falta de fundamentación descriptiva e intelectiva denunciada en apelación restringida, así como la falta de valoración de la prueba testifical de Marcelino Valentín Fuentes, misma que no figura ni en la Sentencia ni en el Auto de Vista, pese a su importancia para la defensa, tampoco se pronunciaron sobre el acta de Inspección, sobre la atenuante especial, ni respecto a la exclusión del Sobreseimiento.

I.1.2. Petitorio