Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0161/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0161/2016-RRC

    Fecha: 07-Mar-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 2 de octubre de 2015, cursante de fs
    • I.1 Antecedentes
    • 1) Por Sentencia 001/2015 de 8 de enero (fs
    • 2) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Nery Rodas Ruiz formuló recurso de apelación restringida
    • I.1.1. Motivos del recurso
    • a) Denunció el recurrente que el Auto de Vista incurrió en el defecto absoluto previsto
    • b) El recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada a tiempo de resolver el segundo
    • c) Denuncia la violación del debido proceso tutelado por los arts
    • Por Auto Supremo 716/2015-RA de 2 de diciembre, este Tribunal declaró admisible el recurso interpuesto
    • Por Resolución 001/2015 de 8 de enero (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Nery Rodas Ruiz formuló recurso de apelación restringida, bajo
    • 2) Como tercer motivo de su recurso de apelación restringida, denunció el imputado, que la
    • 3) Como quinto motivo de apelación, el imputado denunció que la Sentencia incurrió en el
    • II.3. De la observación y memorial de subsanación del recurso de apelación restringida
    • Por decreto de 24 de marzo de 2015 (fs
    • Con relación al segundo motivo de apelación, además de la misma omisión advertida en el
    • En cuanto al tercer motivo de apelación, se advierte la misma omisión descrita en el
    • Con referencia a los motivos sexto y octavo, si bien indica las normas supuestamente vulneradas
    • El imputado, por memorial presentado el 1 de abril del 2015 (fs
    • Respecto del tercer motivo de apelación, refiriéndose a las pruebas PD-MP-2, PD-MP-5, el certificado médico
    • La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 311/2015 de
    • Refiriendo en primer lugar, que el recurrente subsanó las observaciones realizadas por el Tribunal de
    • ii) Resolviendo el quinto motivo de apelación, el Tribunal de alzada refiere que en cuanto
    • III
    • Los arts
    • Cuando la norma procesal analizada, impone al recurrente expresar cuál la aplicación que pretende, implica
    • En el caso de autos, en el primer motivo de casación, conforme los argumentos expuestos
    • Ingresando al fondo del motivo de casación, éste Tribunal evidencia que en el segundo punto
    • En el mismo motivo de casación, el recurrente señaló que el Tribunal de alzada resolvió
    • En el planteamiento de la parte recurrente, el Tribunal de alzada incurrió en falta de
    • III.3. Sobre la denuncia de denuncia de incongruencia omisiva
    • En este tercer motivo, el recurrente invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 142/2013 de
    • verificar la posible contradicción o no entre el precedente invocado y el tercer motivo de
    • El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva al no resolver
    • Sin embargo, conforme los argumentos expuestos a tiempo de resolver el segundo motivo de casación,
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca