Auto Supremo AS/0161/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2016-RRC

Fecha: 07-Mar-2016

2) Como tercer motivo de su recurso de apelación restringida, denunció el imputado, que la


2) Como tercer motivo de su recurso de apelación restringida, denunció el imputado, que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc. 5) del art. 370 del CPP, al existir contradicción en la fundamentación de la Sentencia y violación de los art. 173, 124 y 370 del CPP; argumentando que el Tribunal de mérito de forma equivocada hizo referencia a que las declaraciones de la menor no eran contradictorias, sin tener en cuenta que no podía considerarse declaración a las pruebas documentales PD-MP-2 y PD-MP-5 y la prueba pericial psicológica tomada a la presunta víctima, pues la supuesta víctima jamás fue ofrecida como testigo; por lo que, el Tribunal no tuvo contacto directo con la supuesta testigo. Asimismo, señaló que en esas tres pruebas documentales la víctima contrariamente a lo que afirmó el Tribunal de Sentencia, hubiese incurrido en contradicciones, pues en primer lugar había manifestado que cuando supuestamente forcejeó con el imputado, cayó de espaldas y que en ningún momento manifestó haber caído de codo o que se golpeara los mismos el día de los supuestos hechos (MP-PD2); por otro lado, el certificado médico forense, tampoco había referido la data de la herida en el codo de la presunta víctima; por lo cual, el recurrente como aplicación pretendida señaló que las pruebas mencionadas no podían servir de base para una condena, al ser las mismas contradictorias y en aplicación del derecho a la presunción de inocencia y el principio in dubio pro reo, y su derecho a una debida fundamentación y motivación, debía declarársele absuelto