Auto Supremo AS/0175/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0175/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

Del análisis del Auto de Vista impugnado, se advierte que el Tribunal de alzada se


Del análisis del Auto de Vista impugnado, se advierte que el Tribunal de alzada se pronunció adecuadamente a los puntos relativos a la actividad procesal defectuosa y violación del contradictorio, igualdad jurídica y ejercicio de la defensa, al indicar que el recurrente no fundamentó legalmente en qué consistían esos agravios y menos señaló que los hubiera reclamado y acreditado oportunamente en resguardo de sus derechos que reclamaba vulnerados. Al respecto, de la revisión del recurso de apelación interpuesta por el recurrente, se evidencia que alegó actividad procesal defectuosa, porque se vulneraron las garantías del debido proceso, la defensa, principios de igualdad, seguridad jurídica, verdad material, celeridad procesal, además que la Sentencia contiene vicios; y en un segundo punto, refirió la violación del principio contradictorio, igualdad jurídica y ejercicio de la defensa amplia e irrestricta, porque en la sesión de juicio de 23 de septiembre de 2014, que declaró la testigo Sandra Calderón; y, respecto a la querellante ofrecida como testigo, el tribunal ordenó su retiro y espera en antesala; sin embargo, no se continuó con la producción de prueba testifical pese a encontrarse testigos que aguardaban ser convocados, y se procedió a la recepción de la prueba pericial, imposibilitando al ahora recurrente, que pueda contar con un consultor técnico especializado para interrogar al perito