Auto Supremo AS/0183/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0183/2016

Fecha: 03-Mar-2016

Resolución de primera instancia que es recurrida de Apelación por Máxima Fidel Mamani (demandante),

Resolución de primera instancia que es recurrida de Apelación por Máxima Fidel Mamani (demandante), por memorial de fs. 114 a 119, mismo que mereció el Auto de Vista Nº 079/2015 de 23 de abril, cursante de fs. 143 a 145 y vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí que, CONFIRMA, con el fundamento el objeto de la controversia del presente proceso es la propiedad del Estado, sosteniendo que los predios objeto de la usucapión pertenecen a dominio del Estado, aunque inicialmente, los datos del proceso concluyen que no es válido haber sustanciado el proceso con relación a la pretensión de la demandante, que a sabiendas, en condición de detentadora no puede ser acreedora a su pretensión, porque de la misma relación de la demanda en principio refiere tiene construido su casa en una superficie de 349, 10 m2., tiene una superficie libre de 2.164,54 m2., pero señala que la superficie total es de 2.513,64 m2., entonces la documentación presentada por COMIBOL, autoridades de Pulacayo desvirtúan totalmente la pretensión de la demandante, tomando en cuenta que la inspección de Visu descrito detalladamente se ha constatado que dichos predios efectivamente pertenecen a la COMIBOL constituyéndose una infraestructura del Estado, que se le ha entregado en su condición de trabajador al padre de la demandante Dionisio Fidel Alvino, en ese entonces quien fungía como encargado del Matadero, y como beneficiaria entregado a su cónyuge conforme minuta de transferencia de fs. 67