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    Auto Supremo AS/0081/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0081/2016

    Fecha: 07-Abr-2016

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    • Auto Supremo N° 81/2016
    • Sucre, 07 de abril de 2016
    • Expediente: SC-CA.SAII-LP.272/2015
    • Distrito: La Paz
    • Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y
    • En grado de apelación deducida por la institución demandada (fs
    • Contra dicho fallo, la representante legal del Centro para la Tercera Edad “SAGRADO CORAZÓN DE
    • 2
    • 3.- Violación del art. 3 del DS N° 229 de 21 de diciembre de 1944
    • Finalmente con relación al aguinaldo destaca que existe una violación del art
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo, de acuerdo al art
    • CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación por la institución demandada, se ingresa
    • 1. Respecto a la violación del art. 46 de la LGT
    • Con referencia al pago de las cuestionadas horas extraordinarias en favor de las actoras, reclamadas
    • Asimismo, el aludido precepto en su segundo párrafo realiza una excepción a aquellos parámetros, señalando
    • Cabe destacar que, si bien la norma no estipula de modo directo la duración de
    • En el caso de autos, las demandantes en la formalización de su demanda de pago
    • serán resueltos en forma conjunta por tratarse de la misma problemática
    • De principio corresponde señalar que el derecho al pago del aguinaldo, se encuentra regulado a
    • Posteriormente, aquel pago fue reglamentado en relación al tiempo requerido para su consolidación, es así
    • En la especie, de antecedentes se logra establecer que la recurrente no hace ningún reclamo
    • Por otra parte, resulta necesario aclarar a la entidad recurrente que la procedencia para el
    • Por otra parte, cabe precisar que si bien resulta evidente que el tribunal ad quem
    • Dicho todo lo anterior, esta Sala concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en
    • 252 del CPT
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese, devuélvase.

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