Auto Supremo AS/0081/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0081/2016

Fecha: 07-Abr-2016

Finalmente con relación al aguinaldo destaca que existe una violación del art

Finalmente con relación al aguinaldo destaca que existe una violación del art. 3 del DS N° 229, ya que no obstante de haber sido citado y reclamado en su aplicación dentro del recurso de apelación, la misma no fue en absoluto mencionada por el tribunal ad quem, cuya disposición refrenda el argumento de que el aguinaldo es un concepto gestionalizado, es así que los propios vocales de la Sala Social Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, establecieron jurisprudencia mediante el Auto de Vista N° 124/13 de 4 de noviembre de 2013, que de forma expresa niega este derecho al trabajador por no haber cumplido con los tres meses mínimos de trabajo en la gestión 2008, expresando que el aguinaldo tiene una naturaleza de bonificación anual; evidenciándose nuevamente de parte del tribunal ad quem, violación al art. 3 del DS N° 229