Auto Supremo AS/0125/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0125/2016

Fecha: 07-Abr-2016

Alega violación y aplicación errónea del art

Alega violación y aplicación errónea del art. 133 del CPT, respecto a la excepción perentoria de pago documentado, porque el tribunal de apelación no valoró correctamente los datos del proceso determinando simplemente un pago a cuenta de Sus.1.500.- cuando de los recibos que se acompañó, el demandante de su libre y espontánea voluntad reconoció que se le fue cancelando sus beneficios sociales, así como 3 contratos por un precio de Bs.3.000 cada uno, en un total de Bs.9.000, lo que se pretende ignorar; asimismo, como pago directo se entregó $us.1.500 y $us.500 en el mes de octubre, extremo que no fue correctamente valorado, debiendo de conformidad al art. 133 del CPT, contemplarse el tipo de cambio de 2010 en razón de Bs.7,07 y no así como lesivamente se ha determinado de Bs.6,99