Auto Supremo AS/0125/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0125/2016

Fecha: 07-Abr-2016

De la vulneración del art

De la vulneración del art. 202 y siguientes del CPC, y del principio de congruencia que debe contener todo fallo judicial; al tratarse de acusaciones que incumben al recurso de casación en la forma, el cual no fue formulado por la parte demandada, no corresponde considerar por este Tribunal Supremo de Justicia; debiendo entenderse que cuando se plantea recurso de casación en la forma esta procede por errores en el procedimiento, en este caso los agravios deben adecuarse a las causales inmersas en el art. 254 del CPC, siendo su finalidad la anulación de la resolución recurrida o del proceso mismo, lo que en la litis no fue solicitado por la parte recurrente