Auto Supremo AS/0125/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0125/2016

Fecha: 07-Abr-2016

Consecuentemente, se comprueba que los tribunales de instancia han arribado a la libre valoración de

Consecuentemente, se comprueba que los tribunales de instancia han arribado a la libre valoración de las pruebas en función al art. 158 del CPT en sujeción a lo dispuesto en los arts. 3.g) y h); 66 y 150 del mismo cuerpo de leyes, al ser un deber primordial del Estado proteger los derechos de los trabajadores, en cumplimiento a los principios de primacía de la realidad, de proteccionismo e inversión de la prueba en materia laboral, por cuanto todo trabajador goza del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva consagrado por los arts. 162 de la Constitución Política del Estado (CPE), 4 y 13 de la LGT