Auto Supremo AS/0125/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0125/2016

Fecha: 07-Abr-2016

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social


VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 194 a 197 vta., interpuesto la Empresa Unipersonal “Funeraria Valdivia”, representada por Noemí Ofelia Salgueiro Céspedes de Valdivia, contra el Auto de Vista Resolución A.V. N° 53/2015 SSA-I de 30 de abril, cursante de fs. 190 a 191 vta., emitido por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales y otros, seguido por Hugo Borja contra la empresa recurrente, el Auto de fs. 200 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia N° 272/2014 el 14 de noviembre cursante de fs. 165 a 172, declarando probada en parte la demanda de fs. 3 a 4, subsanada a fs. 7, 9, 10, 11, 31; y probada en parte la excepción perentoria de pago, planteada de fs. 45 a 47 por la empresa Funeraria Valdivia, disponiendo que dicha empresa proceda al pago de la suma de Bs.56.129,76.- a favor de Hugo Borja, correspondiente a indemnización, desahucio, aguinaldo por duodécimas, vacaciones, salarios devengados y la multa del 30% conforme al art. 9.II del Decreto Supremo (DS) N° 28699 de 1 de mayo de 2006