Auto Supremo AS/0295/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

2) Bajo el epígrafe “AGRAVIO Y ANALISIS DEL CONSIDERANDO SEGUNDO DEL AUTO DE VISTA RECURRIDO,


2) Bajo el epígrafe “AGRAVIO Y ANALISIS DEL CONSIDERANDO SEGUNDO DEL AUTO DE VISTA RECURRIDO, PUNTO II. 4.” (sic), denuncia que el Tribunal de alzada fundamentó refiriendo la función pública que ejerce, la sujeción al control social y al cuestionamiento espontáneo manifestado en el derecho natural a la protesta; actitud que pretende justificar la conducta reprochable de las imputadas, que por ser funcionaria pública, debe sopesar expresiones que atenten su dignidad, que no pueden ser consideradas como espontáneas ya que tenían la finalidad de dañar su dignidad y honor. Respecto al derecho de protesta, alude que no implica desmedro y transgresión a sus derechos, cuestiones que redunda el Auto de Vista; sin embargo, no fueron debatidos en el juicio, tampoco, reclamados en el recurso de apelación de las imputadas y al declararse con lugar el agravio, se ha incurrido en defecto absoluto inconvalidable previsto en el art. 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), contraviniendo el debido proceso y la seguridad jurídica