Auto Supremo AS/0295/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Ahora bien, ingresando al examen de los agravios traídos en casación se tiene que el


Ahora bien, ingresando al examen de los agravios traídos en casación se tiene que el argumento jurídico que llevó a la decisión del Tribunal de alzada de anular la Sentencia apelada fue la falta de fundamentación de esta en cuanto al “dolo” con el que hubiesen actuado las acusadas pues, resulta un elemento esencial para la configuración de los delitos denominados contra el honor, que revisten características jurídicas especiales que justifican que se los legisle como categoría propia, el honor como bien jurídico tiene características muy especiales, es un bien de estimación relativa; es decir, que no todas las personas la estiman de igual modo. El honor como bien jurídico reviste dos formas diferentes, esto es que se da a conocer a través de dos maneras distintas: el honor subjetivo y el honor objetivo. “El honor subjetivo puede ser considerado como una autovaloración, es decir como el aprecio de la propia dignidad, como el juicio que cada cual tiene de sí mismo en cuanto sujeto de relaciones ético sociales” (SOLER, Sebastían, Tratado de Derecho Penal Argentino, Tomo III, Pág. 222, 1992.), el honor desde el punto de vista objetivo es lo que se llama reputación; es decir, la valoración que hacen los demás a través de la conducta real o aparente