Respecto a los requisitos previstos por el art
Respecto a los requisitos previstos por el art. 408 de la norma adjetiva penal, se establece que en el recurso de apelación restringida; además, de ser interpuesto por escrito en el plazo de quince días de notificada la Sentencia –forma y plazo-, se debe: i) Citar concretamente las disposiciones legales que consideren violadas o erróneamente aplicadas, y ii) Expresar cuál la aplicación que de ellas (de las normas identificadas como violadas o erróneamente aplicadas) se pretende; siendo menester resaltar que cuando la norma procesal analizada, impone a la parte recurrente expresar cuál la aplicación que pretende; implica el hecho de que el recurrente debe señalar de manera clara, cómo considera el apelante que debió aplicarse la norma que él mismo identifica como violada o erróneamente aplicada, sin confundir este requisito con la forma de resolución del recurso extraordinario, error en el que se incurre cuando se ampara la aplicación pretendida en los arts. 413 o 414 del CPP, siendo menester aclarar que en algunos casos esta exigencia no necesariamente se halla reflejada en un acápite específico del respectivo memorial, sino puede establecerse de la comprensión integral de su contenido
- Por memorial presentado el 11 de noviembre de 2015, cursante de fs
- I.1.Antecedentes
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Melva Anagua Chumacero (fs
- I.2. De los motivos del recurso de casación
- 1) La recurrente denuncia la vulneración al debido proceso, establecido en el art
- 2) Reclama que el Tribunal de alzada incurrió en errónea aplicación del art
- 3) Acusa violación del principio de congruencia por el Tribunal de apelación, porque en el
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Por Auto Supremo 021/2016-RA de 19 de enero, este Tribunal declaró admisible el recurso de
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público y la acusadora particular, formularon recursos de apelación
- En su memorial de subsanación, señala que este defecto denunciado tiene como base legal el
- b) Denuncia la errónea aplicación de la norma sustantiva, señalando que el Tribunal de Sentencia
- c) Alega la existencia de contradicción entre la parte considerativa y dispositiva de la Sentencia,
- d) Refiere que la Sentencia incurrió en defectuosa valoración probatoria y errónea aplicación del art
- e) Argumenta que se violaron los arts
- f) Reitera que en el caso de autos el Tribunal de Sentencia a tiempo de
- g) Denuncia que se violó el principio de imparcialidad previsto por el art
- i
- ii
- iii
- iv
- v) Respecto al supuesto agravio sufrido por el rechazo a la producción de prueba extraordinaria;
- vi En cuanto a la supuesta vulneración del art
- vii
- viii Señala también el Tribunal de alzada, respecto a la observación realizada a la participación
- Conforme señalan los arts
- Por otra parte, si bien es cierto, que el recurrente tiene derecho de ofrecer prueba
- En ese ámbito, la jurisprudencia ha determinado criterios en cuanto a los requisitos de forma
- III.2. Análisis del caso concreto
- En cuanto se refiere al primer motivo de casación, por el cual la parte recurrente
- A este fin, la norma procesal penal, además de señalar que clase de resoluciones son
- Respecto a los requisitos previstos por el art
- En el caso de autos, conforme los argumentos expuestos por la parte recurrente en su
- Como aplicación que pretende, respecto del primer, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo motivo de
- Verificándose, que la recurrente, en el primer motivo de casación se limita a señalar la
- En el segundo motivo, no llegó ni a señalar la norma habilitante para denunciar falta
- Con relación al segundo motivo, con base a los fundamentos expuestos a tiempo de resolver
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
