De la revisión de la prueba preconstituida, se tiene el documento de fs
De la revisión de la prueba preconstituida, se tiene el documento de fs. 133 a 136, relativos a una fotocopia –que fue aceptada por las partes- del Testimonio de la E.P. Nº 352/93 de 8 de julio de 1993, consistente en la transferencia del derecho de propiedad de 412.4659 Has., que efectúan Oswaldo Gutiérrez y Yolanda Limpias de Gutiérrez en favor de Club Golf Mapaizo, y distintos socios que se encuentran descritos en la cláusula segunda de dicho instrumento público, en la última parte de la cláusula quinta se señala lo siguiente: “y declaramos en forma expresa que compramos proindiviso, perteneciendo en propiedad del CLUB DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE HECTAREAS Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS (239 HAS. Y 4.659 MTS), y a los socios como personas individuales CIENTO SETENTA Y TRES (173 HAS…”; concluyendo que la venta efectuada, fue mixta una superficie para Club Golf Mapaizo, y otra superficie en lo proindiviso para distintos socios que se encuentran descritos en el formulario de fs. 135 a 136
- Auto Supremo: 509/2016 Sucre: 16 de mayo 2016 Expediente: SC – 112 – 15 –
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Cita el art
- También acusa incongruencia en la Resolución, al señalar que se hubiera contradicción e impertinencia del
- Acusa que el Auto de Vista contiene incongruencias, respecto de haber anulado obrados en sentido
- Refiere la ausencia de notificaciones en segunda instancia, con la radicatoria, recusación, allanamiento y convocatoria
- Acusa de incongruencia el Auto de Vista, refiriendo haberse emitido un fallo extra petita, en
- Finalmente acusa interpretación errónea de la ley, arguyendo que conforme al art
- Acusa la negativa de tramitar las apelaciones, exponiendo que el art
- Por lo que solicita se anule el Auto de Vista
- Acusa falta de notificación con resoluciones en segunda instancia vinculadas al ejercicio del derecho a
- Acusa incongruencia en el Auto de Vista, acusando el pronunciado un fallo extrapetita, al no
- Asimismo acusa la emisión de un fallo en perjuicio, pues si el actor no apeló
- También acusa interpretación y aplicación indebida de los arts
- Describe como representación indistinta o conjunta no prohibida, citando el art
- Por otra parte acusa “interpretación indebida” del art
- Acusa que la negativa de tramitar las apelaciones es indebida, manifestando que el Ad quem
- Por lo que solicita anular el Auto de Vista
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- El art
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Ahora de la revisión de la demanda, se tiene que el actor en su escrito
- De la revisión de la prueba preconstituida, se tiene el documento de fs
- Debe constar que en la matrícula de fs
- Corresponde señalar que este Tribunal, ha pronunciado el Auto Supremo Nº 101/2012 de 26 de
- De conformidad a lo dispuesto en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo: Dr. Rómulo Calle Mamani.
