Auto Supremo AS/0509/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0509/2016

Fecha: 16-May-2016

Describe como representación indistinta o conjunta no prohibida, citando el art

Describe como representación indistinta o conjunta no prohibida, citando el art. 819 del Código Civil, señalando que los apoderados Marcos Tadashi Nakada Kanomi y María Nancy Paz de melgar, si tiene unificada su representación pueden actuar en forma conjunta, lo que implica dualidad de representación. También refiere el argumento de mayor a menor, en sentido de que Marcos Tadashi Nakada, tiene facultades para delegar facultades, también las tiene para ejercerlas en forma directa, asimismo refiere que los poderes otorgados son especiales