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    Auto Supremo AS/0457/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0457/2016-RRC

    Fecha: 16-Jun-2016

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    • Expediente
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 19/2015 de 21 de mayo (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del recurso de casación y del Auto Supremo 256/2016-RA de 21 de marzo, se extraen
    • Con relación a la temática planteada, invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 297/2012-RRC de
    • 3) El Auto de Vista incurre en una resolución infra petita o ex silentio porque
    • El recurrente solicita, se declare admisible su recurso y como resultado de la aplicación de
    • I.2. Admisión del recurso
    • II.1. Del desarrollo de la audiencia de juicio de 14 de mayo de 2015
    • II.2. De la Sentencia
    • Por Sentencia 19/2015 de 21 de mayo, el Tribunal de Sentencia de Buena Vista del
    • 2) Que Heidy Zarate Rodríguez y su esposo Gustavo Yucra Estrada se quedaron a dormir
    • 3) El acusado Gustavo Yucra Estrada se quedó a dormir en fecha 4 y 5
    • 4) Se ha probado que el 4 y 5 de octubre de 2014 que AA
    • 5) Que Gustavo Yucra Estrada, al amanecer del 5 de octubre de 2014 fue al
    • 6) La menor AA cuando estaba siendo abusada sexualmente, al amanecer del 5 de octubre
    • 7) La menor AA cuando fue abusada sexualmente por el imputado tenía 11 años de
    • II.3.Del recurso de apelación incidental y restringida del imputado
    • 1) La apelación incidental contra el Auto de 14 de mayo de 2015; puesto que,
    • II.4. Del Auto de Vista impugnado
    • 1) Previa referencia sobre el delito de Violación, respecto a la apelación restringida manifiesta, que
    • 2) Respecto a la apelación incidental sobre la supuesta falta de notificación al imputado con
    • II.5. Del Auto Complementario de 24 de diciembre de 2015
    • En el caso presente, la parte recurrente denunció, que el Tribunal de alzada incurrió en
    • III
    • A los fines de evitar reiteraciones innecesarias los motivos primero y segundo identificados en el
    • Previamente corresponde señalar, que la Constitución Política del Estado en actual vigencia, en el marco
    • Por cuanto al recurso de apelación incidental previsto por el art
    • En ese entendido el art
    • Al respecto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en los
    • Cabe destacar que el art
    • Ahora bien, de la revisión de antecedentes, conforme se extrajo en el acápite II
    • Por los fundamentos expuestos, se advierte que el Auto de Vista ahora impugnado, resolvió el
    • III.2. Sobre la supuesta falta de pronunciamiento del Auto de Vista recurrido
    • Con relación a la temática en la que el recurrente denuncia que el Auto de
    • Es así, que el Auto Supremo 297/2012-RRC de 20 de noviembre fue dictado por la
    • En ese entendido, la parte que se sienta perjudicada por una resolución judicial, puede hacer
    • Ingresando al análisis del presente motivo, conforme se extracto en el apartado II
    • Ahora bien, de la revisión del Auto de Vista recurrido, conforme se extrajo en el
    • Continuando con los argumentos de la Resolución recurrida, añadió, que la víctima fue propuesta por
    • De esa relación necesaria de antecedentes, se evidencia, que la denuncia interpuesta por el recurrente
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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