Auto Supremo AS/0457/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0457/2016-RRC

Fecha: 16-Jun-2016

1) La apelación incidental contra el Auto de 14 de mayo de 2015; puesto que,


El imputado Gustavo Yucra Estrada, interpuso recurso de apelación restringida, reclamando los siguientes agravios, vinculados a los motivos de casación:

1) La apelación incidental contra el Auto de 14 de mayo de 2015; puesto que, asevera: i) Formuló incidente de actividad procesal defectuosa por falta de notificación a su persona con la querella de 21 de octubre de 2014 que fue interpuesta por Rosmery Rodríguez Delgadillo para que pueda activar su derecho a la defensa conforme prevé el art. 291 del CPP; ii) También formuló incidente de exclusión probatoria de: a) Certificado médico forense de 16 de octubre de 2014, que fue emitido en calidad de informe pericial por el médico forense; sin embargo, dicho requerimiento no fue puesto a conocimiento de su persona en su condición de imputado a efectos de resguardar su derecho a la defensa y menos el informe médico forense; y, b) Informe psicológico pericial de 24 de octubre de 2014 que fue emitido en calidad de informe pericial a requerimiento fiscal de 16 de octubre de 2014; empero, no fue puesto a conocimiento de mi persona; incidentes, que fueron rechazados por el Tribunal a quo, que respecto al primer y segundo incidente Reynaldo Estrada Flores supuestamente habría recibido fotocopias legalizadas; empero, no es su abogado ni representante legal; por lo que, no se puede pretender darle por notificado con la querella de 21 de noviembre de 2014 y menos aún con el requerimiento de 16 de octubre de 2014 que tampoco le fue notificado. Con relación al rechazo del tercer incidente no consideró que el requerimiento de 16 de octubre de 2014 no le fue notificado, lo que conculca sus derechos y garantías constitucionales al debido proceso y derecho a la defensa; por cuanto, las mencionadas pruebas al no haber sido obtenidas legalmente, carecen de validez jurídica y eficacia probatoria que no pueden servir para fundar ninguna decisión