Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0624/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0624/2016

    Fecha: 14-Jun-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Recurso de casación en el fondo
    • Acusa que sobre este derecho propietario no existiría una Sentencia civil dictada en proceso ordinario
    • Cuestiona, que conforme se evidencia en las sentencias y Autos Supremos, el demandado Pablo David
    • Señala que de acuerdo al precitado art
    • Recurso de casación en la forma
    • Con esos antecedentes pide anular obrados con reposición hasta el vicio más antiguo, o alternativamente,
    • Del contenido del memorial de respuesta al recurso de casación, en lo pertinente y esencial
    • En el caso se dice que el recurrente habría omitido distinguir y precisar las causales
    • Por lo expuesto pide se declara la improcedencia del recurso de casación en el fondo
    • Habiendo el Tribunal de Garantías concedido parcialmente la tutela impetrada por el accionante Félix Chile
    • Por lo que en cumplimiento de la Resolución emitida por la Sala Social, Administraría, Contenciosa
    • III.- DE LA DOCTRINA APLICABLE AL ACASO
    • En relación a la incongruencia negativa, la misma se verifica cuando el Juez omite el
    • El Auto Supremo Nº 1051/2015 de 16 de noviembre, respecto de la excepción de la
    • Por su parte nuestra legislación ha recogido dicho instituto en el art
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • El único reclamo está referido a que el Tribunal de Alzada hubiera otorgado más de
    • En efecto, la mencionada disposición señala que procederá el recurso de casación en la forma
    • Del contenido de la Resolución del Tribunal de Garantías, se establece que esta impone a
    • En merito a estos antecedentes el abogado defensor de oficio del demandado a tiempo de
    • Bajo ese entendimiento y como se tiene dicho líneas arriba corresponde puntualizar si en el
    • En ese orden se tiene que en el proceso penal las partes fueron Hwang Huang
    • En cuanto al objeto, se debe establecer claramente que en el proceso penal la pretensión
    • Con relación al elemento causa, cabe señalar que en el proceso penal los hechos que
    • Del análisis legal realizado precedentemente se tiene no ser evidente que entre ambos procesos exista
    • Al margen consideran que en el caso presente se habría demostrado la existencia de cosa
    • Asimismo corresponde aclarar que los reclamos inherentes a la forma no son evidentes, pero si
    • POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca