Auto Supremo AS/0624/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0624/2016

Fecha: 14-Jun-2016

Asimismo corresponde aclarar que los reclamos inherentes a la forma no son evidentes, pero si

Asimismo corresponde aclarar que los reclamos inherentes a la forma no son evidentes, pero si el reclamo sobre el fondo referido a la excepción de cosa juzgada, por lo que corresponde a este Tribunal fallar en la forma prevista por el art. 220.IV del Código Procesal Civil