Auto Supremo AS/0666/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0666/2016

Fecha: 27-Jun-2016

Conforme se tiene señalado en el punto III

De la revisión de actuados procesales se tiene que a fs. 36 a 37, cursa Testimonio Nº 03/89 de la escritura de compraventa de un lote de terreno de 212 m2, ubicado en la urbanización “San Pedro” de el Alto de La Paz, que otorga el señor Nicasio Cutili, en favor del señor Freddy Luis Lima Jove, mediante el cual el ahora demandado habría adquirido el lote de terreno descrito precedentemente, demostrado con el mismo su derecho dominial sobre el bien en cuestión, cuyos datos consignado en el documento son corroborados por la documental de fs. 277, consistente en la Certificación emitida por el Área de Inmuebles de la Unidad de Ingresos Tributarios, dependiente de la Dirección de Recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, certificando que las partes contendientes cumplen con el pago de sus obligaciones tributarias en la siguiente forma: Elsa Carmen Vargas Colmena del inmueble signado con el Nº 1510369444, Urb. Charapaqui, sector Cotapata, calle B, con una superficie de 215 m2, encontrándose registrado dicho terreno a su nombre y el inmueble signado con el Nº 1510171577, registrado a nombre de Freddy Luis Lima Jove, ubicado en la zona San Pedro, Avenida Morales Nº 114 con una superficie de 212 m2, superficie de construcción 20 m2, con tipología de interés social.
Conforme se tiene señalado en el punto III.3 de la doctrina aplicable al caso, la prueba producidas por las partes entre ellas la certificación cuestionada por el recurrente han sido debidamente valoradas por los de instancia en forma conjunta, llegando a la conclusión de ser dos inmuebles diferentes, con características propias cada una, por lo que la parte actora no habría demostrado ser titular del inmueble que pretende reivindicar, así se tiene establecido en las resoluciones impugnadas