Auto Supremo AS/0666/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0666/2016

Fecha: 27-Jun-2016

De la revisión de antecedentes se tiene que ante la emisión de la primera sentencia

De la revisión de antecedentes se tiene que ante la emisión de la primera sentencia (fs. 268 a 270) el demandado a través de su apoderado legal Rodolfo Lima Jove por memorial de fs. 293 a 296 interpuso recurso de apelación contra dicha resolución de primera instancia, adjuntando la referida prueba documental en segunda instancia, recurso que fue corrido en traslado a la parte contraria por proveído de 18 de enero de 2013 (fs. 296 vta.); de lo que se infiere que tanto el memorial del recurso como la prueba adjunta fue puesta en conocimiento del ahora recurrente, no pudiendo alegar el mismo su desconocimiento máxime si fue absuelto el recurso por memorial de fs. 298 a 299 vta., momento en el que tuvo la oportunidad de refutar la prueba documental que hoy es cuestionada indebidamente, no habiendo vulneración alguna de los preceptos constitucionales señalados