Auto Supremo AS/0730/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0730/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Haciendo una relación de los hechos señala que, el Juez A quo, debió valorar primeramente


II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:

Haciendo una relación de los hechos señala que, el Juez A quo, debió valorar primeramente las pruebas de las cuales se valió el perito, y a su vez debió revisar los errores que se hicieron notar, no teniendo como verdad absoluta y plena para fundamentar su resolución, por lo que al haberse valido de pruebas ilegales introducidas, el Juez de origen habría violado el art. 441 y arts. 90, 330 y 331 del Código de Procedimiento Civil, agravios que no habrían sido reparados por el Tribunal de Alzada