Auto Supremo AS/0745/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0745/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Con relación a la respuesta al recurso de casación, la demandante Rosa Mamani Miranda a

De la respuesta al Recurso de Casación:
Con relación a la respuesta al recurso de casación, la demandante Rosa Mamani Miranda a través de su representante legal Luis Efraín Mendoza Riveros señala:
Que el art. 180.II de la Constitución Política del Estado garantiza el principio de impugnación en los proceso judiciales, siendo uno de ellos el recurso de casación o de nulidad, cuya procedencia está limitada a atender actos procesales injusto, violatorios del ordenamiento jurídico que perjudique a las partes procesales; debiendo ser concedido para invalidad una Sentencia o un Auto definitivo en los casos expresamente señalados por ley; sin embargo las supuestamente agraviadas con el Auto de Vista Nº 376/2014 lo que hacen es replicar los reclamos acusados en su recurso de apelación contra la Sentencia de primer grado, mismos que fueron considerados y resueltos por el Tribunal de Alzada, buscando únicamente dilatar el proceso con el presente recurso