Auto Supremo AS/0745/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0745/2016

Fecha: 28-Jun-2016

En ese marco y de la revisión del proceso se establece que la demandante Rosa

En ese marco y de la revisión del proceso se establece que la demandante Rosa Mamani Miranda interpuso demanda de anulabilidad de contrato por falta de consentimiento de su parte en la suscripción de la Escritura Pública Nº 1191/2001 suscrita entre Mateo Escobar Mamani como vendedor y las hermanas Maldonado Sánchez como compradoras del bien inmueble de 18.000 m2., ubicado en la comunidad Juntu Huma de la ciudad de El Alto, alegando ser dicho inmueble un bien ganancial al haber sido adquirido por su esposo el año 1969 mediante dotación agraria; es decir durante su convivencia iniciada el año 1962 y consolidada por matrimonio civil celebrado el año 1979, solicitando se deje sin efecto la Escritura Pública Nº 1191/2001, pretensión acogida por los de instancia favorablemente bajo el fundamento de que el bien objeto de litis habría sido adquirido durante la convivencia de Mateo Escobar Mamani y Rosa Mamani Miranda, suponiendo la ganancialidad del mismo y dando validez a la convivencia de los mismos, no siendo necesaria su declaración previa por un Juez familiar, en el entendido de que la pretensión de la presente acción es la anulabilidad del documento y no la ganancialidad del bien, fundamento confirmado por el Tribunal de Alzada