Auto Supremo AS/0745/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0745/2016

Fecha: 28-Jun-2016

En el Auto Supremo Nº 554/2015–L de 15 de julio, respecto a la competencia del

En el Auto Supremo Nº 554/2015–L de 15 de julio, respecto a la competencia del Juez ordinario en lo civil ha señalado que: “En relación a la falta de competencia, traída a consideración en casación, se debe indicar que el art. 380 del Código de Familia establece “(COMPETENCIA) La competencia de los jueces de partido o instrucción familiar se determina por la naturaleza del asunto o por razón del territorio, conforme a las disposiciones del presente Código