Auto Supremo AS/0745/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0745/2016

Fecha: 28-Jun-2016

IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION

De las citadas disposiciones legales se establece que nuestro Código de Familia, adopta como sistema legal, el régimen de la comunidad restringida, toda vez que reconoce en la relación conyugal la existencia de bienes propios y bienes comunes; bajo el cobijo de este sistema legal se encuentra la comunidad de gananciales prevista en el art. 101 del Código de Familia como instituto jurídico de orden público, la misma que cobra su verdadera vigencia material desde el momento de la celebración del matrimonio o de la consolidación de la unión conyugal libre o de hecho, cuya terminación también se encuentra establecida por la ley conforme a las causas previstas en el art. 123 del mismo cuerpo normativo….”
IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION