Auto Supremo AS/0776/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0776/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Expresa que las Autoridades recurridas no revisaron el proceso en su conjunto, tal como manda

Expresa que las Autoridades recurridas no revisaron el proceso en su conjunto, tal como manda el art. 192 del C.P.C.; porque no se tuvo en cuenta que se trata de un proceso ordinario; como se trata de dos demandas principal y reconvencional los Vocales estaban obligados a analizar ambas acciones y sus incidencias y emergencias; empero el Auto de Vista se refiere oficiosamente a la cosa juzgada; que se pasó por alto y no se toma en cuenta que el Juez de Partido Primero en lo Civil declara improbada la excepción de cosa juzgada y que no se pronuncia sobre dicho aspecto; y que ninguna ley le faculta a la Sala Civil de dictar otra Sentencia diferente e independiente de la dictada por el Juez de la causa