Auto Supremo AS/0776/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0776/2016

Fecha: 28-Jun-2016

III.1.- Respecto a la declaración de nulidad de obrados y la revisión de las actuaciones

III.1.- Respecto a la declaración de nulidad de obrados y la revisión de las actuaciones:
El art. 106.I del Código Procesal Civil, dispone que: “I. La nulidad podrá ser declarada de oficio o a pedido de parte, en cualquier estado del proceso, cuando la
Ley la califique expresamente”