Auto Supremo AS/0256/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0256/2016

Fecha: 25-Jul-2016

Notificada con el precitado Auto de Vista la Empresa Minera Huanuni, a través de su

I.2 Motivos del recurso de casación
Notificada con el precitado Auto de Vista la Empresa Minera Huanuni, a través de su representante legal, interpone recurso de casación en el fondo (fs.177 a 179), en el que expone lo siguiente:
Primero.- Sostiene que el Auto de Vista recurrido vulnera el principio de verdad material previsto en el art. 180-I) de la CPE y la S.C. 2264/2013 de 16 de diciembre, al no valorar en forma integral las pruebas generadas en el proceso, tales como las boletas de infracción por faltas injustificadas del trabajador a lo largo de su relación laboral sobreponiendo la verdad formal ”establecida por los documentos que cursan en el legajo procesal y no la verdad material que es el hecho que el trabajador incurrió en contravención al reglamento interno de la empresa y al contrato individual de trabajo por ende al art. 16–e) de la LGT y 9-e) de su reglamento” (sic) mismos que señalan que el incumplimiento total o parcial del convenio o del contrato de trabajo o del reglamento interno de la empresa como causales justificadas para el despido