Notificada con el precitado Auto de Vista la Empresa Minera Huanuni, a través de su
I.2 Motivos del recurso de casación
Notificada con el precitado Auto de Vista la Empresa Minera Huanuni, a través de su representante legal, interpone recurso de casación en el fondo (fs.177 a 179), en el que expone lo siguiente:
Primero.- Sostiene que el Auto de Vista recurrido vulnera el principio de verdad material previsto en el art. 180-I) de la CPE y la S.C. 2264/2013 de 16 de diciembre, al no valorar en forma integral las pruebas generadas en el proceso, tales como las boletas de infracción por faltas injustificadas del trabajador a lo largo de su relación laboral sobreponiendo la verdad formal ”establecida por los documentos que cursan en el legajo procesal y no la verdad material que es el hecho que el trabajador incurrió en contravención al reglamento interno de la empresa y al contrato individual de trabajo por ende al art. 16–e) de la LGT y 9-e) de su reglamento” (sic) mismos que señalan que el incumplimiento total o parcial del convenio o del contrato de trabajo o del reglamento interno de la empresa como causales justificadas para el despido
Notificada con el precitado Auto de Vista la Empresa Minera Huanuni, a través de su representante legal, interpone recurso de casación en el fondo (fs.177 a 179), en el que expone lo siguiente:
Primero.- Sostiene que el Auto de Vista recurrido vulnera el principio de verdad material previsto en el art. 180-I) de la CPE y la S.C. 2264/2013 de 16 de diciembre, al no valorar en forma integral las pruebas generadas en el proceso, tales como las boletas de infracción por faltas injustificadas del trabajador a lo largo de su relación laboral sobreponiendo la verdad formal ”establecida por los documentos que cursan en el legajo procesal y no la verdad material que es el hecho que el trabajador incurrió en contravención al reglamento interno de la empresa y al contrato individual de trabajo por ende al art. 16–e) de la LGT y 9-e) de su reglamento” (sic) mismos que señalan que el incumplimiento total o parcial del convenio o del contrato de trabajo o del reglamento interno de la empresa como causales justificadas para el despido
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación de fs
- Notificada con el precitado Auto de Vista la Empresa Minera Huanuni, a través de su
- Señala que en el Considerando III reconoció la existencia de las de ocho faltas contabilizándose
- Segundo
- Concluye solicitando dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista recurrido y declare improbada la
- El objeto del reclamo por parte de la entidad en su recurso de casación encuentra
- Sobre la certeza de este razonamiento, en relación a la denuncia contenida en el recurso
- No obstante, sobre el mismo punto, de la lectura del memorial de respuesta a la
- En el caso, si bien el Reglamento Tipo aludido describe y define conductas que constituyen
- Por último, debe tenerse presente que la nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia se
- b)Sostiene que el Auto de Vista recurrido en el párrafo sexto del punto “1er
- De la transcripción realizada, se determina con claridad que el fundamento expuesto por el Tribunal
- Sumado a ello, en cuanto a la facultad del juez para producir prueba y la
- Complementando lo anterior, en cuanto a la inspección de visu, de la lectura del acta
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
