Auto Supremo AS/0526/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2016-RRC

Fecha: 14-Jul-2016

Finalmente, en el acápite V


13) Los funcionarios que entraban de turno en radio patrullas 110, sí podían salir del interior de la institución, más aún si los mismos no se encontraban cumpliendo su turno.

Finalmente, en el acápite V.- denominado de la Fundamentación Jurídica, el Tribunal de Sentencia, refiere que el delito de Asesinato conlleva una serie de actos desplegados por el agente comisor del delito, de la que sobresalen el matar o quitar la vida a otra persona con maldad extrema; que en el caso, existió alevosía o ensañamiento, cuando a la víctima se le encuentra en su estado de haber consumido bebidas alcohólicas para obtener ventaja a favor del que mata, como consecuencia de la oportunidad elegida, como un caso de traición, sin riesgo sobre seguro con astucia resultando la alevosía en la idea de dar seguridad a una falta de riesgo, la premeditación constituye en el querer deliberado de una conducta que tiende en este caso a quitar la vida que emerge de la impulsión de una vehemente cólera. Que en el caso presente, el acusado era una persona celosa de la belleza de su ex pareja, aun no convivir con ella, la mantenía en control y por ello que el fatídico hecho de horas 23:40 del lunes 13 de junio de 2005 y 00:30 horas del día martes 14 del mismo mes y año, cuando la víctima en forma previa mantuvo conversación con el acusado por teléfono celular a horas 23:14 del lunes 13 de junio de 2005, constituyéndose inmediatamente en el restaurante Cocktel lado de la farmacia alianza para mantener una discusión con la víctima y luego dirigirse a la ciudadela Ferroviaria, donde fue encontrada sin vida la víctima; por lo que, el Tribunal en pleno consideró que debería declararse la culpabilidad del acusado