Con los antecedentes descritos, debe tenerse en cuenta que la reiterada y uniforme jurisprudencia constitucional,
Con los antecedentes descritos, debe tenerse en cuenta que la reiterada y uniforme jurisprudencia constitucional, ha establecido subreglas jurisprudenciales referidas a la resolución final emitida en amparos constitucionales, precisando en la SC 0421/2004-R, entre otras, partiendo de lo señalado en sus similares SSCC 1573/2002-R, 1794/2003-R y 0098/2004-R, lo siguiente: “(…) cuando el amparo es declarado improcedente, la persona o autoridad recurrida deberá aguardar el fallo que emita el Tribunal Constitucional en revisión, para proseguir con las funciones, labores o con la conducta que tenía antes de la interposición del recurso -si se aprueba la improcedencia- o cumplir lo que esa instancia determine si se revoca el fallo y declara procedente el recurso (…)
- Los Recursos de Nulidad y Casación cursantes de fs
- a) Por Sentencia 44/2001 de 2 de mayo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia las partes fundamentan su apelación de acuerdo al siguiente detalle:
- c) El citado Auto Supremo en primera instancia, fue dejado sin efecto por Auto Constitucional
- d) Con posterioridad a la Resolución de Amparo Constitucional formulada por el co-procesado Jorge
- I.2. De los Motivos de los recursos
- Refiere que al amparo de lo previsto por los arts
- Denuncia la inobservancia de los arts
- Alega también la inobservancia del art
- En cuanto a los argumentos de la nulidad denunciada, el recurrente observa la infracción del
- Denuncia la vulneración de los arts
- Finalmente, denuncia la vulneración del art
- I.3. Respuesta de Jorge Córdova Serrudo
- De fs
- Que, el argumento para el recurso de nulidad sería la falta de competencia en el
- Señala también que la actuación de las autoridades que emitieron las resoluciones demandadas fue ejercida
- I.4. Requerimiento Fiscal
- Radicada la causa en este Tribunal, en cumplimiento a lo dispuesto por el art
- De la revisión minuciosa de los antecedentes cursantes en el expediente, venidos con motivo de
- En su mérito y mediante Auto Supremo 381/2012 de 26 de octubre (fs
- En consecuencia, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronuncia
- Que, en este estado del trámite, de acuerdo a memorial de fs
- Así establecida la secuencia procesal resultante a partir del cumplimiento de la Resolución de Acción
- La mencionada Sentencia Constitucional 0496/2013-L de 17 de junio, estableció entre sus fundamentos, ante la
- Esta Sentencia Constitucional 0496/2013-L de 17 de junio, fue puesta en conocimiento del Tribunal de
- Efectuada la contextualización precedente, se advierte que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de
- Con los antecedentes descritos, debe tenerse en cuenta que la reiterada y uniforme jurisprudencia constitucional,
- `(…) cuando una sentencia constitucional revoca la procedencia decretada por un Tribunal de amparo, los
- `(…) cuando esa resolución, en revisión, es revocada y declarada improcedente por el Tribunal Constitucional,
- Por otra parte, debe considerarse que el mismo Tribunal Constitucional, también desarrolló entendimientos respecto a
- Tal entendimiento ya ha sido asumido por este Tribunal, así en la SC 0082/2000 de
- En el presente caso, este Tribunal no puede persistir en la situación de ignorar la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en desacuerdo con el Requerimiento Fiscal de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
