Auto Supremo AS/0541/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0541/2016

Fecha: 14-Jul-2016

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en desacuerdo con el Requerimiento Fiscal de


En consecuencia, en respeto al Estado Constitucional de Derecho y resguardo a la estructura procesal y constitucional en la tramitación de los procesos penales, en coherencia con la línea jurisprudencial asumida por el Tribunal Constitucional expresada en las Sentencias Constitucionales, de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 203 de la CPE y 8 de la LTCP, resulta inviable continuar asignando al presente proceso, mayor tramitación en esta instancia casacional por efecto de la Sentencia Constitucional 0496/2013-L de 17 de junio, correspondiendo en consecuencia dar cumplimiento a la parte principal dispositiva de la referida sentencia; es decir, que al haber denegado la tutela queda vigente el Auto Supremo 351 de 15 de junio de 2011, ello en observancia a los principios constitucionales como la seguridad jurídica, celeridad, justicia pronta y efectiva, previstos en los arts. 178 y 115.II) de la CPE, no siendo pertinente ingresar al fondo de los recursos de Nulidad y Casación planteados por las partes.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en desacuerdo con el Requerimiento Fiscal de fs. 26224 a 26232 y en observancia a lo establecido en la Sentencia Constitucional Plurinacional 0496/2013-L de 17 de junio, de fs. 26051 a 26062 y fs. 26116 a 26142, DISPONE la devolución de obrados al Juzgado de origen tomando en cuenta los fundamentos expresados. Asimismo, se deja sin efecto la providencia de 19 de enero de 2015 y sorteo de fs. 26233 y 26235 vta