Auto Supremo AS/0872/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0872/2016

Fecha: 25-Jul-2016

En razón a dichas acciones, y cumplidos los trámites de rigor respectivos, que dieron lugar

Admitida que fue la demanda y puesta en conocimiento de la parte demandada, en fecha 31 de agosto de 2011, por memorial que cursa de fs. 384 a 387 y vta., subsanada por memorial de fs. 389 de fecha 8 de septiembre de 2011, Alex Justiniano Schwarm y Ramón Darío Ibáñez Calderón, en su calidad de representantes legales de la Financiera de Desarrollo de Santa Cruz S.A.M. en liquidación, interpusieron excepciones y contestaron a la acción principal, de igual modo en dicho memorial interpusieron acción reconvencional.
En razón a dichas acciones, y cumplidos los trámites de rigor respectivos, que dieron lugar tanto a la respuesta a la acción reconvencional como la interposición de excepciones contra esta, el Juez de la causa en fecha 25 de septiembre de 2012 pronunció el Auto donde estableció los puntos de hecho a probar por ambas partes (fs. 411 y vta.)