Auto Supremo AS/0873/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0873/2016

Fecha: 25-Jul-2016

Al respecto, corresponde señalar que del análisis de la demanda cursante a fs

Al respecto, corresponde señalar que del análisis de la demanda cursante a fs. 9 a 10 de obrados se tiene que la demandante arguye que Pablo Vaca Yorge y María del Rosario Moreno Vaca enajenaron en su favor a título de Compra Venta el inmueble ubicado sobre la calle Santiago de Chiquitos esq. Independencia de la ciudad de Puerto Suárez, escritura que se encuentra debidamente inscrita en derechos reales, en fecha 29 de diciembre de 1993, sin embargo los demandados no le habrían entregado la cosa vendida, por lo que habiendo demostrado su derecho propietario sobre el inmueble y el consiguiente derecho a reclamar la entrega del mismo solicitaron la desocupación y entrega material del bien inmueble en cuestión. Fundamento de la demanda que tiende a reclamar la protección del derecho propietario acreditado por la demándate e inscrito desde el 29 de diciembre de 1993 en Derechos Reales, momento a partir del cual se habilitó, el poder de persecución del derecho propietario sobre determinada cosa, que en el caso de autos es el inmueble objeto de litigio, sobre el que se constituye el derecho real de la demandante