Al respecto, corresponde señalar que del análisis de la demanda cursante a fs
Al respecto, corresponde señalar que del análisis de la demanda cursante a fs. 9 a 10 de obrados se tiene que la demandante arguye que Pablo Vaca Yorge y María del Rosario Moreno Vaca enajenaron en su favor a título de Compra Venta el inmueble ubicado sobre la calle Santiago de Chiquitos esq. Independencia de la ciudad de Puerto Suárez, escritura que se encuentra debidamente inscrita en derechos reales, en fecha 29 de diciembre de 1993, sin embargo los demandados no le habrían entregado la cosa vendida, por lo que habiendo demostrado su derecho propietario sobre el inmueble y el consiguiente derecho a reclamar la entrega del mismo solicitaron la desocupación y entrega material del bien inmueble en cuestión. Fundamento de la demanda que tiende a reclamar la protección del derecho propietario acreditado por la demándate e inscrito desde el 29 de diciembre de 1993 en Derechos Reales, momento a partir del cual se habilitó, el poder de persecución del derecho propietario sobre determinada cosa, que en el caso de autos es el inmueble objeto de litigio, sobre el que se constituye el derecho real de la demandante
- Partes: Wilma Aguilera de Justiniano. c/ Pablo Vaca Yorge y otra
- Distrito: Santa Cruz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es apelada por los demandados María del Rosario Moreno de
- En la forma
- Otra nulidad es la falta de concesión de la apelación en el efecto diferido
- Por lo que solicita anular obrados hasta el vicio más antiguo en cumplimiento de los
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- La infracción de los arts
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- Por lo expuesto, solicita casar el Auto de Vista recurrido, conforme a lo previsto por
- Con relación a la respuesta al recurso de casación la demandante señaló
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Es señalar, que existen principios que hoy rigen la administración de justicia previstos en la
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en su diversos fallos, entre ellos el Auto
- III.2.- De la Valoración de la Prueba
- En este marco, este supremo Tribunal a través de diversos fallos entre ellos el
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- III.3.- De la Naturaleza de la Acción de Desocupación y Entrega de Bien Inmueble
- El entendimiento de la acción de desocupación y entrega de bien inmueble no puede limitarse
- En este marco debemos señalar que según el Tratadista Guillermo A
- Ahora bien, toda vez que las acciones reales son medios de defensa del derecho propietario
- III.4.- Del Principio Per Saltum
- Al respecto este supremo Tribunal de Justicia en el Auto Supremo Nº 375/2014ha orientado que:
- En el fondo
- Al respecto, corresponde señalar que del análisis realizado por los jueces de instancia tanto en
- Al respecto, corresponde señalar que del análisis de la demanda cursante a fs
- En este antecedente, y lo ampliamente desarrollado en el punto III
- Toda vez que en el caso de autos, el derecho propietario de la actora se
- En relación a esta presunta infracción, corresponde referir que este agravio de fondo no fue
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
